SUSTENTABILIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL INTEGRAL

Las siguientes disposiciones en materia de sustentabilidad definen los estándares y criterios que deben cumplir los proveedores y prestadores de servicios (en lo sucesivo "Proveedor de Servicios") de Informática Integral Empresarial, S.A. de C.V. (en lo sucesivo "IIE"): observancia de los derechos humanos y de los trabajadores reconocidos a nivel internacional, de la prohibición de la contratación de menores y del trabajo forzado. Observando y promoviendo una conducta comercial ética y el cumplimiento de las normas jurídicas y ambientales, así como una protección ambiental preventiva. Las normas de sustentabilidad se basan en los Lineamientos de Sustentabilidad y en "Principios Corporativos de Responsabilidad Social", aplicados en toda la empresa. Además, éstos se basan en los principios internacionalmente aceptados emitidos por United Nations Global Compact (http://www.unglobalcompact.org) y en las Normas Laborales Internacionales de la ILO (Organización Internacional del Trabajo, por sus siglas en inglés) (http://www.ilo.org).

El Proveedor de Servicios en este acto se obliga a cumplir con las siguientes normas:

I. Condiciones Laborales/Estándares Laborales.

  1. Salarios y Prestaciones, Horas de Trabajo. La remuneración y prestaciones deberán ser pagadas de conformidad con los principios fundamentales relativos a salarios mínimos, horas extra y prestaciones de ley. Las horas de trabajo deberán cumplir con lo establecido en las leyes aplicables, estándares de la industria o convenciones de la ILO relevantes. El tiempo extra deberá ser voluntario y los empleados deberán obtener al menos un día de descanso por cada seis (6) días de trabajo.
  2. Contratación de Menores. Respecto de su negocio, el Proveedor de Servicios garantiza que no existe ni se dió la contratación explotadora de menores, dentro del significado de la Convención No. 182 de ILO, para la producción o procesamiento de los productos a entregar, así como el hecho de que estos productos no infringen ninguna de las obligaciones que resultan de la implementación de esta Convención ni de ningún otro reglamento aplicable nacional o internacional para combatir la explotación laboral de menores. Además, el Proveedor de Servicios garantiza que su negocio, sus proveedores y sus subcontratistas han, de forma proactiva, tomado medidas específicas para asegurarse de que no exista la explotación laboral en el sentido de la Convención 182 de ILO en la producción o procesamiento de sus productos. El Proveedor de Servicios obligará de igual forma a sus subcontratistas y a los de éstos y llevará a cabo controles y revisiones a este respecto. IIE podrá revisar el contenido de esta obligación y el Proveedor de Servicios proporcionará evidencia de las medidas tomadas en caso de serle solicitado.
  3. Libertad de Elección Laboral. El Proveedor de Servicios no contratará a nadie en contra de su voluntad ni les obligará a trabajar. Los empleados deberán ser libres para dejar el trabajo mediante aviso razonable. Los empleados no deberán ser obligados a entregar ninguna identificación emitida por el gobierno como pasaportes o permisos de trabajo como condición de empleo.
  4. Libertad de Asociación. Los trabajadores deberán poder comunicarse abiertamente en relación a sus condiciones laborales sin miedo a represalias de ningún tipo. Los trabajadores deberán tener derecho a asociarse libremente, a pertenecer a sindicatos, a buscar representación y a formar parte de consejos laborales.
  5. Seguridad y Salud. En su calidad de patrón, el Proveedor de Servicios garantiza la salud y seguridad ocupacional al mantener el cumplimiento de las normas nacionales y promoverá la mejora continua del entorno laboral.
  6. Equilibrio profesional y personal. El Proveedor de Servicios debe propiciar las condiciones para que exista un equilibrio entre vida profesional y personal, alineado a regulaciones respectivas.
  7. Integridad. El Proveedor de Servicio debe establecer los medios para evitar acoso sexual, discriminación, explotación, sanciones corporales o algún otro tipo de trato que vaya en contra de la integridad del ser humano y las leyes que lo amparan.
  8. Diversidad e Inclusión. El Proveedor de Servicio debe realizar ajustes a las obligaciones laborales o al entorno de trabajo que permite a un colaborador desempeñar las funciones esenciales del trabajo sin poner dificultades o en el caso de necesitar una facilidad religiosa para cumplir de forma adecuada con su trabajo. Adoptamos la diversidad de todo tipo, como el pensamiento, la experiencia y el estilo.

II. Estándares de ética comercial

  1. Anti-Corrupción y Cumplimiento. Dentro del marco de sus tratos comerciales con IIE, el Proveedor de Servicios está obligado a evitar prácticas que pudiesen llevar a alguna responsabilidad penal por fraude o malversación de fondos, delitos de insolvencia, delitos en contra de la libre competencia, ventajas indebidas, aceptación de algún beneficio, soborno, aceptación de soborno u otros delitos de corrupción por parte de personas que trabajen para el Proveedor de Servicios o para terceros. En el caso de infracción a lo anterior, IIE tendrá derecho a retirarse de inmediato o a dar por terminado todas las operaciones lícitas existentes con el Proveedor de Servicios y a cancelar todas las negociaciones. Lo anterior, independientemente de que el Proveedor de Servicios esté obligado a cumplir con todas las leyes y reglamentos que resulten aplicables tanto a sí mismo, como a la relación comercial con IIE.
  2. Prohibición de soborno. Se prohíbe al Proveedor de Servicios otorgar, prometer, ofrecer, autorizar o recibir cualquier objeto de valor, ya sea directa o indirectamente, con la finalidad de influenciar de manera inadecuada cualquier acto o decisión para obtener, conservar o prestar un negocio, o para obtener, conservar o prestar cualquier otra ventaja para IIE o para sus clientes.
  3. Discriminación. El acoso o discriminación en contra de empleados en cualquiera de sus formas no es aceptable. Esto aplica, sin limitación de género, raza, casta, color, incapacidad, membresía a algún sindicato, creencias políticas, origen, religión, edad, embarazo u orientación sexual.
  4. Seguridad y Calidad. Todos los productos y servicios serán entregados de forma que cumplan con los criterios de calidad y seguridad establecidos contractualmente, y serán seguros para su uso para los fines pretendidos.
  5. Publicidad y Marketing. Todas las acciones de marketing, comunicación y publicidad, así como los elementos y materiales empleados, persiguen una adecuada representación de la diversidad, actuando de forma consciente para evitar discriminaciones objetivas desde cualquier perspectiva, abogando por la igualdad de trato y oportunidades para cualquier persona o colectivo, así como por la protección de públicos vulnerables.

III. Normas Ambientales Generales y Sustentabilidad Ambiental.

Planteamos establecer relaciones de negocio buscando beneficio mutuo con todos nuestros proveedores y les sugerimos que se unan a altos estándares de calidad, condiciones laborales, prácticas comerciales, salud, seguridad y protección del medio ambiente.

Respecto a la protección ambiental, el Proveedor de Servicios actuará de conformidad con principios precautorios y tomará la iniciativa para asegurar la promoción de una mayor responsabilidad ambiental y patrocinará el desarrollo y diseminación de tecnologías ambientalmente amigables. En todas las etapas de fabricación, el Proveedor de Servicios asegurará un alto grado de protección ambiental. Esto incluye el impedir o minimizar proactivamente el impacto de accidentes que pudiesen afectar al ambiente de forma adversa. Se pone énfasis especial en la aplicación y desarrollo continuo de tecnologías que sirvan para el ahorro de agua y energía que se caractericen por tener estrategias para garantizar emisiones mínimas, así como estrategias de reutilización y reciclaje.

Todos los productos fabricados dentro de la cadena de suministro deberán cumplir con los estándares aplicables a su respectivo segmento de mercado. Esto incluye todos los materiales y sustancias utilizados en la producción. Deberán identificarse las sustancias químicas y demás materiales que representen algún riesgo en caso de ser liberadas al medio ambiente. Deberá instituirse un sistema de manejo de materiales peligrosos que asegure su procesamiento seguro para un manejo, movimiento, almacenaje, reciclado o reutilización y eliminación seguros.

Las sustancias que estén sujetas a restricciones o prohibiciones legales solamente podrán estar contenidas en los materiales o parte de los mismos que sean suministrados de conformidad con dichos con la normatividad aplicable.

El Proveedor de Servicios debe realizar planes de acción para reducir el uso de recursos (agua, energía, papel, entre otros) en sus organizaciones.